La Embajada de Brasil ofreció un seminario sobre las nuevas reglamentaciones aduaneras brasileñas en lo concerniente a equipajes.
El evento se realizó el 7 de diciembre
en el Teatro Tom Jobim y la charla estuvo a cargo de Carlos Henrique
Martins da Costa, agregado tributario de la Receita Federal de Brasil.
El funcionario se refirió a las legislaciones que regulan los impuestos a
los bienes que cruzan las fronteras. Asimismo, mencionó algunos de los
beneficios particulares con los que cuentan los diplomáticos y las
personas que viajan para residir permanentemente en Brasil.
Los
turistas no necesitan pagar impuestos sobre los bienes de consumo y de
uso personal en su equipaje, siempre y cuando se adecuen a la duración y
propósito del viaje. Tampoco deberán pagar impuestos si llevan consigo
artículos destinados al uso profesional o personal, como cámaras y
laptops. Están liberados también todo tipo de bienes, siempre y cuando
no superen la cuota de exención, 500 dólares si es por vía aérea o
marítima y 300 si se cruza la frontera por vía terrestre, fluvial o
lacustre. No hay límites para el dinero llevado, pero hay que declarar
si se lleva capital de valor superior a 10.000 reales, por cuestiones de
registro.
Los vehículos
motorizados y los artículos destinados a la reventa o usos industriales
deben pagar una tasa aduanera. En las tiendas duty free, los viajeros
tienen la posibilidad de adquirir productos hasta 500 dólares, caso
contrario, pagarán un impuesto del 50% sobre el valor excedido.
Adicionalmente, las bebidas alcohólicas, cigarrillos, tabaco, artículos
de tocador e instrumentos electrónicos tienen un límite por volumen y
cantidad de unidades. Todas las informaciones sobre las disposiciones
aduaneras de Brasil pueden ser encontradas en:
www.receita.fazenda.gov.br.
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