Uruguay ya se encuentra aplicando en la presente temporada el servicio de devolución de impuestos a turistas. Con ello, los extranjeros que visiten Uruguay y realicen compras podrán beneficiarse de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que es del 15,5% en dicho país. La iniciativa estipula la devolución del impuesto en todas las compras de más de 60 dólares en artesanías, artículos de cuero, tejidos de punto, alimentos y bebidas a ser consumidas fuera de Uruguay. Para acceder al descuento, el turista deberá sellar en aduanas su cheque de reintegro antes de los 90 días desde su emisión. Hay más de 550 comercios adheridos a este programa y el reembolso del dinero se hace por acreditaciones en tarjetas de crédito, depósitos en cuentas bancarias, cheques o efectivo a través de More Money Transfer.

Recientemente, el gobierno de Ecuador también dispuso la devolución del IVA a los extranjeros que compren artículos nacionales o se hospeden en el país, como una forma de incentivar el turismo. Se restituirá el impuesto del 12% por compras de bienes o pagos de alojamiento superiores a 50 dólares, es decir, al menos 6 dólares por factura. Entre los productos susceptibles de devolución constan el café, chocolates, textiles, ropa, calzado, bisutería, bebidas no alcohólicas y mármol, según detalló el Ministerio de Turismo. En una primera etapa, se colocarán buzones en los aeropuertos de Guayaquil y Quito para que los turistas depositen su solicitud junto con copias del pasaporte y de las facturas. La medida, ejecutada por el Servicio de Rentas Internas y el Ministerio de Industrias y Productividad, surge del artículo 30 de la Ley de Turismo que establece que los visitantes tienen derecho a la restitución del gravamen.

También en Perú la recién aprobada Ley de Fomento al Comercio Exterior de Servicios permitirá devolver a los turistas extranjeros –a su salida del país el Impuesto General a las Ventas (IGV) que les haya sido cobrado no solo en la adquisición de bienes sino también en los servicios de transporte público, expendio de comidas y bebidas, guía de turismo, servicios de salud, odontología y los de estética corporal. Hace ya algún tiempo se había establecido en este país un sistema de devolución de IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de bienes para los turistas internacionales, el cual nunca estuvo vigente porque no se dictaron las normas específicas de aplicación para que ello proceda. El sistema establecía una devolución del IGV e ISC pero sólo por la adquisición de bienes a ser llevados al exterior, ahora el espectro es mayor y hasta incluye ciertos espectáculos en vivo, afirman especialistas. Para la implementación efectiva todavía falta establecer el sistema de devolución