La Aduana del Paraguay anunció que según lo establecido en la ley Nº 1015/97 y su modificatoria ley Nº 3783/09, toda persona que ingrese o egrese de la república del Paraguay, está obligada a declarar ante la autoridad aduanera, en formato electrónico, el transporte de dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador que superen los USD 10.000 (diez mil dólares americanos) o su equivalente en otras monedas. La omisión de declarar o la falsa declaración, dará lugar a la retención de los valores transportados y la denuncia ante las autoridades competentes para las sanciones administrativas y penales que correspondan. La declaración electrónica deberá realizarse a través del sitio web de la dirección nacional de aduanas (www.aduana.gov.py), imprimirse en dos copias, y presentarlas al funcionario de aduana destacado en la zona primaria aduanera.