La medida, en vigencia desde fines del 2012, tiene el propósito de estimular la llegada de turistas al país durante todo el año. Su aplicación, hasta el 31 de julio del presente año ha sido muy positiva señalaron fuentes del Ministerio de Turismo, por lo que se ha extendido el beneficio en determinadas adquisiciones gastronómicas y alquileres a los turistas con tarjetas de crédito emitidas en el extranjero.
El beneficio consiste en la devolución del IVA sobre determinados servicios turísticos, aplicable a personas físicas no residentes. Se aplica en los servicios gastronómicos cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, salones de té y similares, hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, camping hostels, posadas y casas de campo, no incluyendo el concepto de hospedaje.
Este retorno alcanza a los servicios de catering para la realización de fiestas y eventos, y los alquileres de vehículos sin chofer. También se efectuará la devolución de 10,5% en los pagos con tarjeta de débito o crédito de rentas temporales en inmobiliarias registradas.
El beneficio consiste en la devolución del IVA sobre determinados servicios turísticos, aplicable a personas físicas no residentes. Se aplica en los servicios gastronómicos cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, salones de té y similares, hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, camping hostels, posadas y casas de campo, no incluyendo el concepto de hospedaje.
Este retorno alcanza a los servicios de catering para la realización de fiestas y eventos, y los alquileres de vehículos sin chofer. También se efectuará la devolución de 10,5% en los pagos con tarjeta de débito o crédito de rentas temporales en inmobiliarias registradas.
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