Colaboraron en la elaboración del documento importantes gremios del sector privado, entre ellos la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), la Asociación Peruana de Agencias de Viaje y Turismo (Apavit), Asociación Peruana de Operadores de Turismo Receptivo e Interno (Apotur) y la Asociación Peruana de Turismo de Aventura, Ecoturismo y Turismo Especializado (Aptae). La vigilancia, cumplimiento obligatorio y fiscalización estará a cargo de los gobiernos regionales y gobiernos locales.
Entre las disposiciones del Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, se menciona que estas deben estar inscriptas en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados. La inscripción no implica la autorización para el desarrollo de sorteos y/o premios a efectos de evitar malas prácticas de comercialización. Dispone igualmente el uso de un distintivo que permita identificar a la agencia como inscrita en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y como una empresa formal ante el consumidor que contrate sus servicios.
El nuevo reglamento también incluye una disposición que insta a las asociaciones representativas de agencias de viajes y turismo a promover la formalización del servicio y a la implementación de mecanismos financieros que garanticen, ante el turista, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por sus asociados.
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Están inscriptas en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos del Perú 5.816 agencias de viajes; el 60% de la oferta se concentra en Lima Metropolitana y en el Cusco. Hasta la fecha el reinicio de actividades turísticas aún no ha sido autorizado por el Gobierno.
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