Así lo refleja la orden publicada el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, que modificó los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Los cambios más importantes que se aplican actualmente son la admisión de test de antígenos para viajeros de la UE y la admisión de turistas de países extracomunitarios con certificado de vacunación. El país continúa prohibiendo los viajes no esenciales a personas provenientes de Brasil, India y Sudáfrica.

En concreto, la nueva modificación permite la entrada a España de personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio extienda los efectos.

Los viajeros deben demostrar que fueron vacunados por completo al menos 14 días antes del viaje o de que superaron una infección Covid-19 en los últimos seis meses. Los certificados pueden estar en español, inglés, francés o alemán, o sus traducciones equivalentes en español. Las vacunas aceptadas son las aprobadas por el regulador europeo de medicamentos, Pfizer-BioNTech, Moderna, AstraZeneca y Johnson & Johnson, así como dos vacunas chinas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud, Sinopharm y Sinovac. Las vacunas Sinopharm y Sinovac-Coronavac han sido añadidas a las autorizadas por la EMA por su importancia en países de Latinoamérica y en países de Oriente Próximo.

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España igualmente se encuentra participando de la prueba piloto europea del certificado verde digital, un código QR, consensuado por los 27 países de la Unión Europea, que respalda que sus portadores se encuentran vacunados, han superado la enfermedad o posee un test Covid negativo.

El certificado de vacunación deberá incluir la siguiente información: nombre y apellido del titular, fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada, tipo de vacuna administrada, número de dosis administradas/pauta completa, país emisor, identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.

Independientemente del país de procedencia, todos los pasajeros que lleguen a España vía aérea o marítima, incluidos los que estén en tránsito y los menores de 6 años, deberán cumplimentar antes de su salida un formulario de control sanitario a través de la web spth.gob.es o de la app Spain Travel Health. La cumplimentación del formulario genera un código QR individualizado que el viajero deberá presentar a las compañías de transporte antes del embarque, así como en los controles sanitarios en el punto de entrada a España.

Al ingreso a España, los pasajeros deberán pasar un control de toma de temperatura Incluirán sin contacto o por cámaras termográficas; un control de documentación y un control visual sobre el estado del pasajero.

Los pasajeros con un certificado Covid digital de la UE y aquellos procedentes de países no considerados de riesgo (tanto europeos como de terceros países) obtendrán un código QR Fast Control que da acceso a unos controles sanitarios más ágiles, ya que no tendrán que mostrar el certificado ni en el embarque ni en el control sanitario a la llegada.

Ante la confirmación o sospecha que un pasajero pueda padecer COVID-19 se activarán los protocolos establecidos de comunicación con los servicios sanitarios de las Comunidades Autónomas para su derivación y seguimiento.

El turismo representó más del 12% del PIB en España. Luego de alcanzar un pico máximo a fines de enero con casi 900 nuevos casos por cada 100.000 habitantes durante 14 días, el indicador de contagios de coronavirus en España cayó a 115 casos por cada 100.000 personas.