La orden entrará en vigor desde las 00:00 horas del 27 de julio de 2021 por un periodo inicial de catorce días, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan. De esta forma, los viajeros deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo.

Este periodo podrá finalizar con anterioridad si al séptimo día  la persona se realiza una prueba diagnóstica de COVID-19 con resultado negativo.