La Dirección del Parque Nacional Galápagos  emitió una nueva resolución con las reglas generales de visita y normas de comportamiento para las áreas protegidas del archipiélago. El documento actualiza las disposiciones vigentes para turistas nacionales, extranjeros y operadores turísticos, con el objetivo de reforzar la conservación de los ecosistemas terrestres y marinos de las islas. 

Entre los principales cambios de la regulación destaca la obligatoriedad del acompañamiento de un guía naturalista acreditado para las visitas, el establecimiento de un sistema de reserva previa para sitios de alta afluencia como Las Grietas o los centros de crianza, y el uso de publicaciones digitales y fotos en redes sociales como prueba administrativa para sancionar incumplimientos.

Las principales reglas establecen visitas solo con guías especializados del parque; la utilización de embarcaciones y operadores autorizados, no se permiten motos acuáticas ni turismo aéreo; en los recorridos se debe permanecer en los senderos marcados y respetar la señalización; mantener al menos 2 metros de distancia de cada animal sin tocarlos ni alimentarlos; para fotografías no utilizar flash, la fotografía profesional y el uso de drones necesitan permisos especiales; acampar solo en sitios autorizados y previa autorización solicitada 48 días antes; no introducir plantas, semillas ni animales (el equipaje es revisado al ingreso); No llevarse nada: arena, conchas, coral, piedras, madera, partes de animales ni escribir en rocas, árboles o paredes; no dejar ningún tipo de basura en las visitas, tampoco beber, fumar o hacer fuego en las áreas protegidas; no se permiten radios ni altavoces, solo auriculares.

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El horario de visita de 06:00 a 18:00; el buceo acaba a las 17:00; buceo nocturno de 18:00 a 22:00 en sitios establecidos. Los protectores solares con oxibenzona, octinoxato y químicos similares están restringidos. Se permite el ingreso sin guías solo en los sitios de acceso libre cercanos a los pueblos, como Bahía Tortuga, Concha de Perla o el sendero del Centro de Interpretación de San Cristóbal. Cualquier otro sitio de visita requiere un guía naturalista con licencia, y las islas remotas requieren además una embarcación autorizada. Los guías tienen la obligación de reportar las infracciones, y la resolución establece que el incumplimiento se sanciona conforme a la legislación ambiental de Ecuador.