La ley 2828 del turismo promulgada en diciembre año 2005 significó una importante conquista y marcó un hito para las agencias de viajes en su relación comercial con las líneas aéreas. La mencionada ley regula la actividad turística y establece en su artículo 33 que los prestadores de servicios turísticos, inscriptos en el Registro Nacional de Turismo, gozan de determinados derechos entre los cuales se establece y regula, en el Inciso F, textualmente lo siguiente “percibir por la comercialización de pasajes aéreos un porcentaje no menor al 6% de la tarifa del pasaje que será abonada por las compañías aéreas”.
A lo largo de los años y con diversos argumentos, el artículo 33 de la mencionada ley fue objeto de cuestionamientos por las compañías aéreas pero la misma permaneció inalterable resistiendo todos los embates en su contra. Ya en tiempos de pandemia, se volvió a encender la luz de alarma de las agencias de viajes al tomar estado público una carta enviada por la JURCAIP al presidente de la DINAC, en ese entonces Edgar Melgarejo donde como apoyo a las compañías aéreas, se solicitaba la modificación de la Ley de Turismo que establece la comisión de las agencias en un 6%. “Paraguay es el único país que tiene una comisión tan elevada fijada por ley. Existen, en todos los países del mundo, otros conceptos de retribución a las agencias de viajes para la venta presencial o centro de atención telefónica que sustituyen la comisión" , señalaban desde JURCAIP.
Un nuevo reclamo de JURCAIP motivó una reunión virtual el 24 de junio en la que estuvieron presentes, además de la Ministra de Turismo, representantes de JURCAIP, DINAC, ASATUR y AAVIP. En la mencionada reunión, entre otros puntos tratados, los representantes de JURCAIP mencionaron el elevado porcentaje de ventas realizado a través de las agencias de viajes (aproximadamente un 80%) y en consecuencia el elevado monto en comisiones que deben abonar a las mismas. La reunión culminó con la promesa de continuar un dialogo que permitiera conciliar los intereses de ambos sectores.
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Las cosas permanecieron relativamente en stand by hasta principios del presente mes en que LATAM solicitó en una acción que seguramente provocará una reacción en cadena de las otras compañías presentes en el mercado, la firma de un contrato donde entre otros puntos, establece el pago de un incentivo fijo del 1% en dinero por venta de pasajes aéreos. El contrato establece además que “las agencias renuncian expresamente al derecho y a la acción de percibir por la comercialización de pasajes aéreos el pago en dinero de la comisión del 6% de la tarifa del pasaje establecida en el Art. 33, inciso f de la ley número 2828/05”. El contrato debe ser entregado a LATAM firmado y certificado por escribanía antes del 30 de diciembre del presente año.
Tanto AAVIP como ASATUR, se encuentran abocadas, antes insistentes reclamos de sus agencias socias, a buscar alternativas ante esta situación que comprometería seriamente la supervivencia de un sector cuyas ventas se han desplomado y deben enfrentar un panorama desolador en el que muchas empresas se han visto obligadas a cerrar, despedir funcionarios o vender otros productos para sobrevivir. Como primera medida desde ambas asociaciones enviaron una carta a LATAM Airlines.
Como medio de referencia del sector, transcribimos a continuación algunos reclamos y comentarios que hemos recibido ante esta situación, calificada por la mayoría de los agentes de viajes como catastrófica. Copiamos los mensajes sin modificar los términos en los cuales llegaron a nuestra mesa de trabajo:
“Si existen marcos jurídicos reguladores y estos no son respetados, con ese contrato nos están obligando a quebrantar y desobedecer la ley”. “No es un buen momento para intentar introducir un nuevo modelo de negocios en detrimento de las agencias de viajes pero ni siquiera nos han dado la opción, como Asociación, de sentarnos a conversar y discutir los términos de la propuesta” “Se está proponiendo algo que contradice la ley. En un Estado de Derecho las leyes no se negocian, se respetan” “Para ahorrar costos se propone eliminar una comisión establecida por ley. ¿No se han buscado otras alternativas? También se debería analizar y replantear el subsidio y ayuda que la DiNAC otorga a LATAM” “Todo trabajo debe ser remunerado y está protegido por la Constitución Nacional. Las compañías aéreas tienen la alternativa de vender exclusivamente y directamente en sus oficinas, como ya lo hacen, y seguir el ejemplo de Flybondi que opera de esa manera”.
Existen más de 400 agencias habilitadas por la Senatur que dan empleo a cientos de funcionarios que se encuentran en espera de la reactivación de la industria. Con este recorte en sus ganancias según lo expresado desde las Asociaciones muchas agencias no podrán solventar sus costos fijos de funcionamiento.
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