El gobierno anunció la vigencia de la Decisión Administrativa N.º 951/21 establece que durante el plazo que dure la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N.° 27.541. Este documento es el que permite a la ANAC limitar o no, de acuerdo al escenario epidemiológico, la cantidad de vuelos y los cupos por salida. 

Además los viajeros deberán presentar: una prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje o certificado de alta médica emitido dentro de los últimos 90 días y PCR negativo que acredite que sufrió la enfermedad en ese lapso (para avalar el alta médica), certificado que acredite haber completado el esquema de vacunación por lo menos 14 días antes de su ingreso al país o de su exención, los datos de ambos documentos deben dejarse registrados (los certificados por el momento no serán exigidos) en la Declaración jurada pedida por Migraciones. El formulario tiene que completarse al menos 48 antes del inicio del viaje. Los viajeros además deberán contar con un seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Los argentinos y los residentes mayores de seis años, y que tengan el esquema completo deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-COV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados.

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