Esta semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina reglamentó el impuesto “Para una Argentina Inclusiva y Solidaria” (PAIS), también conocido como “dólar turista”, argumentando que se establece como una medida para “fomentar el desarrollo nacional con equidad, incentivar que el ahorro se canalice hacia instrumentos nacionales y, al propio tiempo, propender a la sostenibilidad fiscal”.

El nuevo impuesto del 30% será considerado desde la entrada en vigencia de la norma (23 de diciembre) y se aplicará a residentes del vecino país que realicen alguna compra venta de divisas o adquieran tanto bienes como servicios en el exterior. En caso de que las operaciones sean realizadas a través de tarjetas de crédito o débito, el impuesto alcanzará a sus titulares, titulares adicionales, usuarios y beneficiaros de extensiones. Quienes no lo hayan abonado aún, deberán hacerlo directamente en AFIP mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP).

El impuesto también alcanza a compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales así como a servicios en el exterior que sean contratados a través de empresas turísticas y servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país “en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios (MULC) para la adquisición de dólares u otras divisas extranjeras”.

Están exentos del pago: las plataformas digitales y software con fines educativos, medicamentos y gastos referidos a prestaciones de salud, libros en formato físico y digital, gastos en proyectos de investigación en entidades del Estado o del sistema universitario argentino así como productos y bienes destinados a la protección civil y la lucha contra los incendios.