Los viajeros que lleguen a los aeropuertos y puertos españoles sin tener la PCR obligatoria se enfrentarán a una multa que puede llegar hasta los 6.000 euros. Al ingresar al país quienes no posean la PCR tendrán que someterse a la prueba y además abonar una multa.

Las multas no se han establecido con el fin de recaudar, señalaron desde el Ministerio, tienen propósitos disuasivos a fin instaurar el compromiso y el sentido de responsabilidad que puedan garantizar una movilidad segura.

La obligación de contar con una PCR negativa realizada en las 72 horas previas al viaje entrará en vigor el 23 de noviembre para viajeros procedentes de 65 países, la mayoría de países europeos. Están exceptuados algunos países como Grecia, Finlandia y Noruega, que tienen menor nivel de incidencia.

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Poniendo en contexto la medida, de los 5,2 millones de turistas que han entrado en España desde el mes de julio solo han dado positivo un total de 4.800. Los casos importados, suponen un 0,08 por ciento. La medida se encuentra alineada a recomendaciones de la Unión Europea que había señalado que “los Estados miembros no deberán denegar, en principio, la entrada a personas que viajen desde otros Estados miembros pero que si lo consideran necesario podrán imponer restricciones a quienes viajen desde zonas no verdes conforme al mapa de riesgo europeo”.

Las restricciones posibles se extienden desde una posible cuarentena, la mencionada prueba de PCR, antes o al ingreso al país y formularios de localización. Entre las recomendaciones se considera elaborar un formulario europeo común de localización de pasajeros.