La medida agiliza el reconocimiento de operadores extranjeros habilitados, reduce cargas administrativas, elimina trámites innecesarios y facilita el ingreso de nuevas líneas aéreas internacionales, manteniendo los estándares de seguridad operacional exigidos por la normativa nacional e internacional.

La principal modificación incorpora un nuevo esquema para el reconocimiento de los Certificados de Explotador de Servicios Aéreos (AOC) emitidos por otros Estados. A partir de ahora, los operadores provenientes de países que mantengan acuerdos vigentes con la Argentina y cuyas autoridades aeronáuticas cuenten con niveles satisfactorios de implementación efectiva de la vigilancia de la seguridad operacional, conforme a las evaluaciones realizadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), podrán acceder a un procedimiento más ágil para el reconocimiento de sus certificados.

De esta manera, se evita duplicar verificaciones ya realizadas por autoridades aeronáuticas que cumplen con estándares internacionales reconocidos, optimizando los procesos de reconocimiento sin afectar las exigencias en materia de seguridad operacional. Esto reduce los tiempos de tramitación y las cargas administrativas para las empresas que buscan operar servicios internacionales hacia y desde la Argentina.

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El nuevo esquema también permite optimizar los recursos de fiscalización, concentrando las evaluaciones más exhaustivas en aquellos operadores o Estados que requieren un mayor nivel de supervisión. De esta forma, se fortalece un modelo de fiscalización basado en riesgo, alineado con las recomendaciones y prácticas impulsadas por la OACI.